Quincho Listado

UTILIZACIÓN DE QUINCHO Y SUM Artículo 81: Tanto el Quincho como el SUM son para uso exclusivo de los señores socios. La llave se entregará únicamente a ellos y deberán permanecer desde el inicio y hasta la finalización del evento que se realice en las instalaciones. Ambos espacios son cubiertos y la utilización de los mismos es arancelada y deberán anotarse en Secretaría a los efectos de reservar el día que le resulte conveniente siempre y cuando no haya sido reservado previamente por otro asociado; dicho valor incluye la totalidad de los asistentes no cobrándose un canon extra por este ítem, en ningún caso el asociado podrá ingresar con más invitados de la capacidad determinada en el Articulo 83. Artículo 82: Los horarios son diurno: de 11.00 a 17.00 hs (solo SUM) y nocturno el Quincho de 19.00 a 03.00 hs y el SUM de 19.00 a 04.00 hs; luego de ese horario deberán liberarse las instalaciones INDEFECTIBLEMENTE. Artículo 83: La capacidad del Quincho es de hasta 25 personas y la del SUM es de hasta 40 personas, en ningún caso se podrá exceder dicha capacidad. Artículo 84: En ningún caso se pueden realizar reuniones conocidas como “previas”, poner música de manera externa a un volumen inapropiado, deambular por entre las embarcaciones o desarrollar algún evento que implique riesgo para las instalaciones. Artículo 85: Siendo la última persona en retirarse el asociado, deberá éste devolver en portería al personal asignado para tal fin la llave correspondiente. Artículo 86: Los asociados en situación de mora no podrán reservar ninguno de los dos espacios. Artículo 87: La Comisión Directiva podrá definir la utilización de dichos espacios para la realización de eventos, hospedar a invitados de otras instituciones, préstamo a entidades hermanas, instituciones, empresas donantes, etc. para algún evento determinado